11 abril 2021
La legítima defensa es la defensa necesaria para evitar una agresión ilegítima contra uno mismo o contra otra persona.
La autodefensa es un clásico en el ámbito del examen del conocimiento experto — ¡y por supuesto también elemental para la práctica profesional!
Encontramos la legítima defensa en tres leyes a la vez, a saber, en § 32 StGB, en § 227 BGB y también en la Ley de Infracciones Administrativas en § 15 OWiG.
En el artículo de hoy, sin embargo, no me interesa directamente la legítima defensa como justificación y sus elementos individuales. En el texto de la ley se describe detalladamente cuándo se puede invocar la legítima defensa, es decir, agredir físicamente a alguien sin exponerse a ser procesado. Cuando se prepara el examen 34a en cursos o libros, el apartado de defensa personal siempre se describe con detalle y ejemplos ilustrativos.
¡Un puñetazo, un ataque! ¡Defiéndete, autodefensa! ¿De acuerdo?
En el examen de pericia en el oficio de vigilante según el § 34a de la GewO, al menos una pregunta se refiere casi siempre a la legítima defensa, por ejemplo, a las condiciones previas para poder actuar en legítima defensa. La legítima defensa es una importante justificación para actuar contra los agresores sin exponerse a ser procesado. Dado que la legítima defensa es un “derecho de todos”, cualquier persona puede invocarlo, incluidos los guardias de seguridad, por supuesto, siempre que se cumplan las condiciones de la legítima defensa. Si el portero es atacado repentinamente con el puño, infringiendo la ley, puede defenderse del agresor. Es inimputable, aunque el agresor sufra lesiones y (con suerte) salga perdiendo. Hasta aquí todo claro. Pero..:
¿Y en caso de robo o allanamiento?
El robo o el allanamiento de morada también constituyen un ataque ilegal, concretamente al derecho legal a la propiedad o al derecho de domicilio. En estos ejemplos, sin duda está permitido defenderse y usar la fuerza para repeler el ataque. Sin embargo, siempre hay que tener en cuenta la proporcionalidad y los medios utilizados para la defensa.
¿Qué intereses jurídicos son capaces de autodefensa en absoluto?
Muchos alumnos asumen erróneamente que sólo se puede usar la fuerza en defensa propia en caso de agresión física a uno mismo (defensa personal) o a otra persona (ayuda de emergencia). ¡Pero esto está mal! En principio, cualquier interés jurídico (individual) es susceptible de autodefensa. Además de la vida, la integridad física y la salud, también incluye los bienes, el honor, el patrimonio (etc.) de una persona.
28. marzo 2021
Una y otra vez me hacen preguntas sobre el contenido del examen.
A partir de ahora, también profundizaré de vez en cuando en el blog en las preguntas más frecuentes sobre los temas del examen, especialmente aquellos que causan confusión a muchos participantes una y otra vez.
Hace poco, recibí una consulta de un alumno que quería utilizar el Portal de aprendizaje especializado preparado para el examen 34a en línea. Me dijo que supuestamente había un error en las preguntas del examen en el portal:
“Cuando alguien roba algo, se lo ha robado a otra persona. La respuesta correcta en el portal de aprendizaje es que el ladrón es entonces el propietario de la cosa. Eso no puede estar bien. ¿Cómo puede un ladrón ser el propietario si ha tomado algo de otra persona contra su voluntad? Eso debe estar mal”.
Veamos brevemente los hechos desde el punto de vista penal y civil
En primer lugar, a la hora de responder a las preguntas del examen, es importante saber si la pregunta se refiere al Derecho penal o al Derecho civil, o a ambos. En consecuencia, hay que ver en particular qué delitos del Código Penal (StGB) y/o el Código Civil alemán (BGB) aplicar.
Si miras en el Código Penal, artículo 242, robo y observa los hechos descritos, uno se da cuenta rápidamente de que esto es aplicable a los hechos del caso. Una persona toma una cosa mueble de otra sin tener permiso para ello, con el fin de apropiársela. El ladrón quiere quedarse con lo robado. Actúa ilegalmente.
Sin embargo, en este punto no se puede encontrar nada sobre las palabras clave Propiedad o posesión — Para eso hay que mirar el BGB.
En el BGB, en § 854 Adquisición de la posesión estipula que el propietario es quien tiene la poder real sobre la cosa tiene. Y esto nos lleva directamente a la pregunta inicial: La El ladrón es el propietario inmediato de lo robadoporque ejerce el poder real sobre la cosa. Puede, por ejemplo, utilizar el objeto o trasladarlo a otro lugar. No depende de la voluntad de transferir, es decir, el ladrón se convierte en propietario, aunque el anterior propietario no quiera. Sin embargo, también se da el caso de que el Posesión del ladrón defectuosa es. El legítimo propietario tiene derecho a reclamar debido a la privación de la posesión por parte del ladrón. Reclamación para recuperar su propiedad.
En Alemania, la propiedad ya está garantizada por la Ley Fundamental en el art. 14 protegidos: todo el mundo puede adquirir la propiedad de las cosas por sí mismo y el Estado garantiza este derecho.
¿Cuál es la situación en el caso descrito con respecto a la propiedad? ¿Se convierte también el ladrón en propietario de la cosa? ¡No!
Mientras que el propietario tiene el poder real sobre una cosa, el dueño tiene el poder legal. Propietario y poseedor pueden ser idénticos. Por ejemplo, si compras una bolsa de arroz en el supermercado, adquieres la propiedad de la cosa cuando pagas. Al mismo tiempo, eres el propietario de la bolsa de arroz, porque tienes el poder real sobre la cosa. Si presta su taladro a un vecino, seguirá siendo el propietario del mismo. Sin embargo, el vecino se convierte en propietario y puede utilizar la taladradora para agujerear la pared de su casa a su antojo.
En Los poderes del propietario se definen en el artículo 903 del Código Civil. regulado. En demarcación del propietario, el Propietario no el poder real sobre una cosa, sino el autoridad legal. Si de todos modos no es propietario de la cosa al mismo tiempo, puede obtener del propietario de la cosa, por ejemplo, el Publicado en de modo que el propietario adquiere ahora también el poder real (posesión) sobre la cosa.
Brevemente resumido
Un ladrón es propietario de la cosa robada desde el momento en que ejerce un poder real sobre el objeto. Sin embargo, la posesión se considera defectuosa. El propietario original o el propietario tiene una reclamación de restitución (en su caso, una reclamación de daños y perjuicios) contra el ladrón que ilegalmente (en interferencia ilícita) ha actuado. Sin embargo, el ladrón no es el propietario de la cosa, ya que el objeto robado pertenece legítimamente a otra persona.
¿También tiene preguntas sobre el examen de conocimientos periciales según § 34a GewO en vigilancia?
A continuación, simplemente publíquelas en el foro: https://www.sachkunde-34a.de/sachkundepruefung-34a-forum-fragen
Otro lector o yo, como autor de esta página, seguro que podemos responder a su pregunta.
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